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Federación Argentina de Ajedrez Personería Jurídica Nº 352.389/808
Avda. Varela 1237 - Buenos Aires - Tel. 54-11-4632-0003 - e-mail: fada@argentina.com |
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Resoluciones de Asamblea General Ordinaria, Junta de Presidentes y Junta Directiva Sábado 28 de enero de 2006 y sábado 11 de febrero de 2006 |
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Convocatoria Resumen de resoluciones Junta Directiva Documento Único Reglamento Fotos |
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Resumen de
Resoluciones Ir
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La Asamblea General y la Junta de Presidentes se llevaron a cabo en el salón de convenciones del Hotel Orly, en la ciudad de Buenos Aires, el sábado 28 de enero de 2006. Durante su transcurso se trataron diversos temas relacionados con el reglamento de torneos y la actividad de los jugadores federados. Fueron aprobadas las afiliaciones del Círculo Tucumano de Ajedrez, Asociación Sanluiseña de Ajedrez, Federación Riojana de Ajedrez, Escuela de Ajedrez Mar Chiquita, Mundo del Ajedrez (Cdro. Rivadavia) y Escuela de Ajedrez Jaque Mate (Río Grande), esta última con jurisdicción a determinar en próxima Junta de Presidentes. Asimismo, fueron desafiliadas la Federación Neuquina de Ajedrez, Asociación Regional de Ajedrez Pehuajó y Trenque Lauquen, Círculo de Ajedrez San Pedro de Jujuy y Círculo de Ajedrez de Formosa. Tanto las Memorias Institucional y Deportiva como el Balance General fueron aprobados sin objeción luego de las correspondientes exposiciones y explicaciones a los temas consultados. Atento a lo acordado entre FANEBA y FAOGBA, todas las entidades radicadas en el partido de 3 de Febrero en el futuro desarrollarán su actividad federada dentro de FAOGBA. El tratamiento de la jurisdicción compartida entre FAVILO y FANOBA en el partido de Vicente López fue trasladado a una próxima Asamblea, convocada al efecto. Fue presentado el proyecto de Documento Único del Ajedrecista, cuyo objetivo es disminuir el peso económico que recaía sobre los ajedrecistas en actividad, dando a la vez la posibilidad de acceder al Elo a todo ajedrecista federado. Al mismo tiempo, refuerza el rol de las federaciones, ya que sólo se registrarán ajedrecistas federados, dando a su vez a los ajedrecistas la posibilidad de controlar el accionar de las entidades a las que representan. Hasta la reforma estatutaria correspondiente, el vencimiento del plazo para presentar informes vence el 31 de marzo; no obstante, los informes presentados antes del 10 de marzo próximo permitirán el ingreso de ajedrecistas al listado del Elo-FIDE de abril de 2006. Se expuso la nueva reglamentación para las Categorías Promocionales y se distribuyó también el Reglamento General para los Campeonatos Argentinos. La propuesta de eliminar la división entre categorías absoluta y femenina fue muy bien recibida, quedando aclarada la necesidad de controlar su funcionamiento y efectuar las posibles reformas. Durante las Semifinales de San Francisco se verificó la necesidad de contemplar un aumento en la cantidad de rondas para categorías numerosas. En la oportunidad el tema fue resuelto por acuerdo con delegados y padres, pero se acordó establecer una legislación al respecto para el futuro. Tanto en el curso como al término de las semifinales de San Francisco, varias federaciones expusieron su opinión sobre la necesidad de aumentar las plazas por sexo, ya que el reglamento actual no discrimina en absoluto, pero en la práctica limita la participación femenina. Esto se ve acentuado en los regionales, donde se había establecido una única plaza para un único ganador por categoría. La Junta Directiva analizó detenidamente el tema y consideró que no se pueden modificar las reglas luego de concluida alguna competencia, más allá de lo atendible que pudiera ser la solicitud, ya que afectaría intereses de ajedrecistas que jugaron basándose en la reglamentación vigente. En cambio, fue considerado justo el pedido de solicitud de otorgar al menos una plaza por sexo y por categoría en la etapa regional. Consecuentemente, fueron hechas las correcciones en el Reglamento (impresas en rojo) para los Regionales y la Final de Promocionales, modificando el formato de este último evento, pero no la esencia que le diera origen.
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Documento Unico del Ajedrecista Ir arriba
i. Arancel anual único: $5.- para todos los ajedrecistas registrados, sin distinción de nivel de juego. ii. Arancel por Elo FIDE: sin cargo.
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Reglamento General de los Campeonatos Argentinos. Ir arriba
i. Suizo: 1. Bucholz FIDE total. 2. Progresivo. 3. Sonneborn Berger. ii. Round robin: 1. Sonneborn Berger. 2. Mayor número de partidas ganadas. 3. Partida individual (si fue tablas, ganan las negras)
i. Hasta ocho participantes se jugará round robin. ii. Con 13 o más participantes, se hará por sistema suizo, ordenándolos inicialmente en base al Ranking Argentino. iii. Para 9 a 12 participantes, se utilizará el método de la U, con arrastre de resultados.
i. Hasta diez participantes se jugará round robin. ii. Con 17 o más participantes, se hará por sistema suizo, ordenándolos inicialmente en base al Ranking Argentino. iii. Para 11 a 16 participantes, se utilizará el método de la U, con arrastre de resultados.
i. Mayor valor o clasificación general. ii. Categoría Femenina. iii. Categorías por edades. iv. Categorías por ranking.
i. Los ajedrecistas femenino y masculino que obtuvieren la mejor ubicación en cada categoría serán los representantes argentinos en los Campeonatos Panamericanos de ese mismo año. ii. La Federación Argentina de Ajedrez cubrirá sus inscripciones. iii. La Federación Argentina de Ajedrez solicitará a la Secretaría de Deportes de la Nación la cobertura de sus pasajes, no implicando ello compromiso alguno por parte de FADA. iv. Estos derechos son personales y no podrán ser transferidos. FADA designará el reemplazante, cuando ello correspondiere.
i. Los ajedrecistas masculinos y femeninos mejor clasificados en la Finales de cada categoría, serán proclamados Campeones Argentinos y representarán a nuestro país en el Campeonato Mundial de su categoría. ii. La Federación Argentina de Ajedrez cubrirá sus inscripciones. iii. La Federación Argentina de Ajedrez solicitará a la Secretaría de Deportes de la Nación la cobertura de sus pasajes, no implicando ello compromiso alguno por parte de FADA. iv. Los campeones argentinos tendrán cubierta, a cargo de FADA, su inscripción (sin cobertura de pasajes) en los Campeonatos Sudamericanos de sus categorías. v. Estos derechos son personales y no podrán ser transferidos. FADA designará el reemplazante, cuando ello correspondiere. vi. La Federación Argentina de Ajedrez, otorgará derecho a los Campeones Argentinos a participar de las Semifinales del año siguiente.
i. Zonal 2.5, próximo a la obtención del título. ii. Campeonato Continental correspondiente. iii. Olimpíada correspondiente, integrando el equipo nacional. iv. El ajedrecista que se clasificare subcampeón cada año, tendrá derecho a integrar el equipo olímpico argentino. v. Los dos ajedrecistas mejor rankeados en el listado previo a cada Olimpíada, tendrán derecho a integrar el equipo olímpico. Sólo se considerarán los Elos de aquellos ajedrecistas que hubieren participado en torneos computados por FIDE durante los últimos ocho períodos trimestrales (desde la última Olimpíada). vi. FADA tramitará la cobertura de sus pasajes, sin que ello implique compromiso alguno por parte de la misma. vii. Estos derechos son personales y no podrán ser transferidos. La FADA designará el reemplazante, siempre y cuando las reglamentaciones vigentes no lo especificaren.
i. Zonal 2.5, próximo a la obtención del título. ii. Campeonato Continental correspondiente. iii. Olimpíada correspondiente, integrando el equipo nacional. iv. La ajedrecista que se clasificare subcampeona durante el año olímpico, tendrá derecho a integrar el equipo argentino. v. La ajedrecista mejor rankeada en el listado previo a cada Olimpíada, tendrá derecho a integrar el equipo olímpico. Sólo se considerarán los Elos de aquellas ajedrecistas que hubieren participado en torneos computados por FIDE durante los últimos ocho períodos trimestrales (desde la última Olimpíada) vi. FADA tramitará la cobertura de sus pasajes, sin que ello implique compromiso alguno por parte de la misma. vii. Estos derechos son personales y no podrán ser transferidos. La FADA designará la reemplazante, siempre y cuando las reglamentaciones vigentes no lo especificaren
i. Semifinales: Se jugará una sola semifinal por categoría. 1. Los diez (10) mejores clasificados por categoría pasarán a la etapa Final. 2. Se garantizará un cupo mínimo de dos (2) ajedrecistas de cada sexo, dentro de los diez clasificados. 3. Las ausencias a la etapa final serán cubiertas por los siguientes clasificados, conforme a las posiciones finales, respetando siempre el mínimo de dos representantes por sexo. 4. La mejor ajedrecista femenina y el mejor ajedrecista masculino de cada categoría serán los representantes argentinos en los Campeonatos Panamericanos Promocionales, cubriendo FADA sus inscripciones. 5. Podrán también asistir a los Campeonatos Panamericanos quienes ocupen del 2° al 5° lugar entre las ajedrecistas femeninas de cada categoría y quienes ocupen del 2° al 5° lugar entre los ajedrecistas masculinos de cada categoría. Esta clasificación es personal y no podrá ser transferida ni generará reemplazo alguno. Los costos de inscripción estarán a cargo de los interesados. 6. El sistema de juego será suizo a 7 (hasta 60 participantes) u 8 rondas (61 o más participantes), con 2 horas a finish por jugador. De acuerdo al Reglamento General, el sistema podrá modificarse si la cantidad de inscriptos es inferior a 13. 7. La categoría Sub 8 tiene como objetivo promocionar y capacitar a los más jóvenes, no estando homologada a nivel internacional. Sólo habrá una categoría: Absoluta. Los diez primeros (sin distinción de sexo) clasificarán para la final nacional Sub 8 y los cinco primeros podrán asistir a los Campeonatos Panamericanos Sub 10, con cobertura de costos a cargo de los interesados. 8. Se autorizará la participación de ajedrecistas en dos categorías. En caso de clasificar en ambas para una etapa posterior, contará con cinco días hábiles posteriores a las mismas para decidir en que categoría competirá, caso contrario deberá jugar en la categoría correspondiente a su edad. Esta notificación deberá ser por escrito y llevará la certificación de recepción por parte de FADA. ii. Regionales: Se disputarán cuatro Torneos Regionales para todo el país. 1. Las regiones serán: a. Norte y Andina: Mendoza, San Juan, Catamarca, Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja y Santiago del Estero. b. Centro y Litoral: Córdoba, San Luis, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa. c. Capital y Conurbano: Norte de Buenos Aires, Gran Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires. d. Sur: Centro y Sur de Buenos Aires, La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. 2. En cada regional sólo podrán participar ajedrecistas de la región, inscriptos por sus federaciones. 3. Cada ajedrecista podrá participar en una sola categoría. 4. Quienes ya hubiesen clasificado en semifinales, no podrán participar en ninguna categoría de regionales. 5. Las categorías serán solamente absolutas, pasando a la etapa final los mejor clasificados de cada sexo. 6. En caso de ausencia en la final, el clasificado será reemplazado por quien le siguiese en la clasificación general. Si la plaza quedare vacante, será cubierta por el siguiente clasificado en la semifinal correspondiente. 7. El sistema de juego será suizo a 7 rondas, con 2 horas a finish por jugador, pudiendo modificarse de acuerdo al número de inscriptos, según lo estipulado por el Reglamento General. iii. Finales: 1. Se disputará una sola Final Absoluta por categoría, omitiéndose los torneos masculinos y femeninos por separado. 2. Cada ajedrecista clasificado podrá jugar solamente en la categoría en la que clasificó. 3. En cada categoría participarán dieciocho (18) ajedrecistas, 10 de semifinales y 2 de cada regional. 4. Los finalistas tienen un plazo máximo de 15 días previos a la final para desistir de participar. Ante no comparecencia o renuncia fuera de término, la inscripción a la Final será debitada en la cuenta de la federación del jugador correspondiente. 5. Se realizará en dos zonas, con cuadrangulares interzonales finales. 6. El procedimiento para la utilización de este sistema será el siguiente: a. Las representantes femeninas serán ordenadas por rating y divididas en dos sectores por el método de la U. b. Los representantes masculinos serán ordenados por rating y divididos en dos sectores por el método de la U. c. La conformación de ambas zonas mixtas se hará complementando los sectores conformados en los puntos a y b, a fin de obtener dos zonas con igual cantidad de participantes. d. Cada zona se jugará por sistema round robin, sorteando números de orden. El ritmo de juego será de 2 horas a finish por jugador, o 90 minutos con adición de 30 segundos por movida, conforme se estipule en la citación a la Etapa Final. e. La determinación de zonas y sorteo de números de orden se realizará cinco (5) días antes del comienzo de las Finales, publicándose en el sitio oficial de FADA. f. Finalmente se realizarán cuadrangulares interzonales, con arrastre de resultados, para determinar la clasificación final. 7. El ajedrecista y la ajedrecista mejor clasificados en cada categoría serán proclamados campeones argentinos masculino y femenina respectivamente, representando a nuestro país en los Campeonatos Mundiales de sus categorías y clasificando al Campeonato Sudamericano de ese año. Sus inscripciones serán cubiertas por FADA. 8. Los cinco mejores clasificados de cada categoría podrán participar en los Campeonatos Mundiales. Exceptuando a los campeones, la cobertura de inscripciones estará a cargo de los interesados. Estas plazas no son transferibles y no generarán reemplazos. 9. Como la categoría Sub 8 no está homologada internacionalmente, los cinco primeros en la final (sin distinción de sexo) podrán participar en el Mundial Sub 10, con los gastos a cargo de los interesados.
i. Final directa por sistema suizo: Se realizará a 7 o 9 rondas, respetando los lineamientos que establece el reglamento general para sistema suizo (artículos 1 a 8). ii. Semifinal y final: 1. Semifinal: Se hará por sistema suizo respetando los lineamientos que establece el reglamento general (artículos 1 a 8). 2. Final: a. Será de diez finalistas que jugarán por sistema round robin, respetando los lineamientos que establece el reglamento general (artículos 1 a 8). b. Participarán: el último campeón argentino, los dos ajedrecistas argentinos con mayor Elo, según el listado vigente (los reemplazos se aceptarán hasta el octavo mejor Elo), los seis (6) semifinalistas mejor clasificados y un ajedrecista representante de la organización (cuyo Elo será igual o superior a 2200). c. Todas las plazas vacantes serán cubiertas por los siguientes clasificados en semifinales. d. Los derechos de los ganadores están especificados en el artículo 7, incisos c y d.
i. La Campeona Argentina del año siguiente a la última Olimpíada (actualmente año impar) ii. La Campeona Argentina del año olímpico (actualmente año par) iii. La Sub-Campeona Argentina del año olímpico (actualmente año par) iv. La ajedrecista argentina con mayor Elo en el listado previo a la Olimpíada, debiendo haber tenido partidas computadas en el Elo en el curso de los últimos ocho períodos trimestrales (desde la anterior Olimpíada). v. Si una ajedrecista tiene derecho a más de una plaza, cubrirá la que hubiese obtenido en primer término. vi. Las plazas vacantes por superposición de derechos o renuncia, serán cubiertas, de acuerdo a su Elo, por la mejor segunda (ambos campeonatos y Elo), la mejor tercera, la mejor cuarta y así sucesivamente. vii. La conformación inicial del equipo y sus variaciones serán determinadas por el capitán designado por FADA y sus decisiones serán inapelables.
i. El Campeón Argentino del año siguiente a la última Olimpíada (actualmente año impar) ii. El Sub-campeón Argentino del año siguiente a la última Olimpíada (actualmente año impar) iii. El Campeón Argentino del año olímpico (actualmente año par) iv. El Sub-Campeón Argentino del año olímpico (actualmente año par) v. Los dos ajedrecistas argentinos con mayor Elo en el listado previo a la Olimpíada, debiendo haber tenido partidas computadas en el Elo en el curso de los últimos ocho períodos trimestrales (desde la anterior Olimpíada). vi. Si un ajedrecista tiene derecho a más de una plaza, cubrirá la que hubiese obtenido en primer término. vii. Las plazas vacantes por superposición de derechos o renuncia, serán cubiertas, de acuerdo a su Elo, por el mejor tercero (ambos campeonatos y Elo), el mejor cuarto y así sucesivamente. viii. La conformación inicial del equipo y sus variaciones serán determinadas por el capitán designado por FADA y sus decisiones serán inapelables.
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